COMO HACER EL REPORTE DE LICITACIONES Y CONCURSOS

De acuerdo con el artículo 22.7 de la Ley 80 de 1993 las Entidades Estatales deben reportar a la Cámara de Comercio de su jurisdicción, la información sobre las licitaciones o concursos que pretendan abrir.

 

El artículo 12 del Decreto 856 de 1994 establece que el reporte se realice durante los 5 primeros días hábiles de cada mes.

 

La Superintendencia de Industria y Comercio mediante la Circular Única numeral 1.2.5.2., establece los parámetros técnicos para la elaboración del reporte y remisión a las Cámaras de Comercio.

 

Confecamaras paras facilitar dicho reporte diseñó un programa que le permite de manera fácil y rápida realizar el reporte tanto de licitaciones y concursos, como de contratos, multas y sanciones . Cotización .

 

En caso de que tenga algun inconveniente favor boletinlicitaciones@confecamaras.org.co

 
 

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